En un Estado Social de Derecho, la lucha contra la corrupción no admite ambigüedades ni zonas grises. Cuando los indicios se documentan, las quejas se formalizan y la ciudadanía organizada alza la voz, los entes de control y la Fiscalía, tienen el deber constitucional de actuar con diligencia, independencia y transparencia. Hoy, el Municipio de Uribia se convierte en un caso paradigmático que exige decisiones firmes y oportunas.
De un lado, reposan hechos ya incorporados a una queja disciplinaria que cursa ante la Procuraduría Regional de Instrucción de La Guajira, allí se describe la contratación celebrada por el Municipio de Uribia para la “Rehabilitación, limpieza y mantenimiento de canales pluviales” (Contrato de Obra No. 261 de 2025), suscrita y ejecutada bajo la representación del alcalde Jaime Luis Buitrago García. El reparo central no es menor, la utilización de recursos del Sistema General de Participaciones – Agua Potable y Saneamiento Básico (SGP-APSB) para una actividad (canales pluviales) que, desde la perspectiva normativa y funcional, no corresponde al servicio público domiciliario de acueducto o alcantarillado, ni a su infraestructura asociada. La presunta desviación de destinación específica se habría definido desde la fase de planeación del proyecto BPIN y consolidado en los instrumentos presupuestales (CDP y RP), lo que, de confirmarse, compromete seriamente la legalidad del gasto público y el deber funcional de quienes intervinieron en su estructuración y aprobación
De otro lado, un comunicado público de la Red de Veedurías eleva el tono de alarma institucional, el documento recoge señalamientos graves, formulados a través de denuncias ciudadanas, que vinculan al hoy alcalde de Uribia, Jaime Luis Buitrago García, con presuntos hechos de corrupción asociados al escándalo nacional de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres -UNGRD, incluyendo relatos de uso indebido de recursos, contratos de maquinaria para fines clientelistas y apoyos irregulares en contexto electoral, sustentados en versiones atribuidas a exfuncionarios hoy confesos en investigaciones de alto impacto, como el Señor Olmedo López. Lo jurídicamente relevante de este comunicado ciudadano, es que existen afirmaciones concretas, fechas, montos y contextos que, por su gravedad, no pueden permanecer en la esfera de la opinión sin contraste probatorio por las autoridades competentes
En este escenario, la respuesta institucional no puede ser la desidia y mucho menos el silencio administrativo. La Procuraduría General de la Nación está llamada a profundizar la investigación disciplinaria y, de considerarlo procedente, ejercer su poder preferente, asumiendo directamente a través del Despacho del Procurador General, Gregorio Eljach Pacheco, la queja que actualmente cursa en la Procuraduría Regional. Ello implica evaluar con rigor la eventual infracción al régimen de destinación específica de los recursos del Sistema General de Participaciones (SGP) y, si el acervo probatorio lo justifica, adoptar medidas cautelares como la suspensión provisional del cargo, no como sanción anticipada, sino como mecanismo de protección de la investigación y del interés general.
La Contraloría General de la República, por su parte, debe activar sin dilaciones el control fiscal, determinar la existencia de un eventual daño al patrimonio público y establecer, de ser del caso, responsabilidades fiscales individuales y solidarias.
Y la Fiscalía General de la Nación no puede limitarse a una posición expectante, pues los hechos denunciados, en especial aquellos relacionados con presunto peculado, celebración de contratos sin el lleno de los requisitos legales o financiación irregular de campañas, exigen investigaciones penales efectivas, técnicas y oportunas, sin privilegios territoriales, políticos ni consideraciones ajenas al imperio de la ley.
En una democracia madura, la separación del cargo o la renuncia no constituyen una condena anticipada, sino un acto de responsabilidad política y ética cuando la credibilidad institucional se encuentra seriamente comprometida. Por ello, resulta legítimo y necesario hacer un llamado directo al alcalde del municipio de Uribia, Jaime Luis Buitrago García, para que, por decencia pública y respeto a los ciudadanos que depositaron su confianza en las urnas, considere apartarse voluntariamente del cargo, permitiendo que sean las autoridades competentes, sin presiones ni interferencias, las que determinen, en el marco del debido proceso, si existe o no responsabilidad frente a los hechos que hasta hoy han sido cuestionados a su nombre. Permanecer en el ejercicio del poder mientras se ciernen investigaciones de esta magnitud erosiona la confianza ciudadana y envía un mensaje equivocado a comunidades históricamente vulnerables, como las de La Guajira, que reclaman transparencia y dignidad.
Uribia no puede convertirse en sinónimo de impunidad. Los expedientes ya existen, las denuncias están sobre la mesa y la sociedad civil ha hablado. Ahora les corresponde a los órganos de control y a la Fiscalía demostrar que el Estado sí funciona, que la ley se aplica sin selectividad y que la ética pública no es un discurso vacío, sino una práctica exigible. La historia juzgará la contundencia o la omisión de esta respuesta institucional.
